¿Quién interroga a quien interroga?
Por qué no basta preguntarse a sí mismo
Podemos examinarnos con rigor y aun elegir preguntas, premisas y omisiones desde el mismo horizonte. La autocrítica no certifica su independencia. Una pregunta ajena introduce un corte no preparado y puede revelar una dirección equivocada.
Pero venir de fuera no demuestra verdad. El crítico también tiene postulados, puede leer mal o tomar autoridad prestada. La exterioridad aumenta la posibilidad de una comprobación independiente; no concede infalibilidad.
Detenerse sin garante final
Exigir para cada auditor otro auditor absolutamente auditado produce regresión infinita. La Crítica se detiene de otro modo: juzga con premisas y procedimientos públicos, y deja el juicio abierto a una revisión posterior.
No es relativismo. Una afirmación bien documentada, dirigida y capaz de responder objeciones tiene más rango que otra que oculta sus premisas. Sigue abierta la revisión, no nuestra capacidad presente de decidir.
Interrogar afirmaciones, no personalidades
Cuando la crítica se vuelve juicio de carácter, una cuestión de jurisdicción degenera en guerra de lealtades. La unidad del diagnóstico es la afirmación. Autor y contexto pueden explicar su génesis o su poder, pero no sustituyen el argumento.
16DD, reconocimiento mutuo, no declara infalible al otro. Lo reconoce como sujeto capaz de preguntar, rechazar y revisar. La auditoría pública es fuerte porque nadie ocupa permanentemente el asiento del juez.